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Locales
20.07.2021

Lo dispuso la Assal para todo el país

Alerta alimentaria sobre productos Olympic

Representa un peligro para la salud de la población.


El Ministerio de Salud provincial, a través de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl), prohibió el fraccionamiento, tenencia, transporte, comercialización y exposición en todo el territorio santafesino de los productos alimenticios rotulados: Barra energizante XL, 100% natural, sabor crema de maní, R.N.P.A. E/T Olympic y Granola proteica con Stevia fortificado con proteínas sin azúcar Olympic.

La resolución se tomó “por ser un alimento falsificado, lo cual encuadra en incidente alimentario de clase I conforme lo establecido en el Manual de Retiro de Alimentos, artículos 1415 y siguientes del Código Alimentario Argentino y ya que no garantiza la trazabilidad y seguridad de los alimentos y representa un peligro para la salud de la población”, agregaron desde esta agencia.

La medida, válida para todo el territorio nacional, impide, además, la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición.

Motivo

El rótulo no declara el RNE, nombre y razón social ni tampoco otras referencias obligatorias conforme el Capítulo V del Código Alimentario Argentino (CAA). En consecuencia, los alimentos muestreados son falsificados.

Garantizar la salud

Finalmente, la Assal verifica que los productos alimenticios cumplan con la legislación alimentaria vigente; que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria; y que esa información sea cierta y correcta, a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos garantizando la salud de todos.

Comunicado pdf

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